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Valoracion del suelo urbanizado
Existen tres supuestos de valoración del suelo urbanizado:
No edificado o con edificación ilegal:
- Se considera como uso y edificabilidad la establecida en el planeamiento.
- En el caso de que el terreo no tenga edificabilidad se escogerá la media de la zona.
- Se aplicará a la edificabilidad el valor de repercusión de suelo determinado por el método residual estático.
- Se descontarán los deberes y cargas necesarios para edificar.
Suelo edificado o en curso de edificación:
Se aplica de los siguientes el que tenga un valor superior:
- Tasación conjunta de suelo y edificación por el método de comparación.
- El determinado por el método residual estático aplicado exclusivamente al suelo sin considerar la edificación.
Suelo sometido a operaciones de reforma interior.
- El método residual considerará los usos y edificabilidad de origen.
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